Derecho de Sucesiones

En materia de Derecho de Sucesiones, Estudio Defensa & Ley cuenta con abogados(as) especialistas para la gestión de la transmisión total o parcial del patrimonio tras la muerte del titular.

En tal sentido los temas de nuestra práctica legal en materia de sucesiones son:

  • Sucesión testamentaria
  • Sucesión intestada.

La Sucesión intestada es la solución a la ausencia de un Testamento formal, ante la posible presencia de uno que no cumpla con las especificaciones de la ley o sea declarado nulo al establecer un reparto que atente contra los herederos forzosos.

Este tipo de sucesión, exige requisitos para su trámite ante un Notario Público o Juez de Paz letrado:

  • Partida de defunción del causante o la declaración judicial de muerte presunta.
  • Partida de nacimiento de los presuntos herederos, o documento público que contenga el reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo extramatrimonial.
  • Partida de Matrimonio del causante (si es casado) o certificado de convivencia (si era conviviente)
  • Relación de bienes conocidos.
  • Certificado negativo de testamento del lugar del último domicilio del causante y en donde tuvo bienes inscritos.
  • Certificado negativo de sucesión intestada del lugar del último domicilio del causante y en donde tuvo bienes inscritos.

Un concepto a tener en cuenta en el Derecho de Sucesiones es el orden de prelación, señalado por el artículo 816 del Código Civil que contempla 6 órdenes sucesorios, o llamamientos en el caso de sucesiones intestadas:

  • Primer orden, los hijos y demás descendientes.
  • Segundo orden, los padres y demás ascendientes.
  • Tercer orden, el cónyuge o, en su caso, el integrante sobreviviente de la unión de hecho.
  • Cuarto orden, los hermanos.
  • Quinto orden, los tíos y sobrinos.
  • Sexto orden, Los primos hermanos.

La Sucesión testamentaria o emisión de un testamento y legados debería ser la opción en materia de Derecho de Sucesiones, que todos utilicemos. Su efectividad está centrada en permitir que cada persona escriba formalmente un Testamento, donde conforme a lo que establecen las normas, se defina un reparto a los herederos.

Los testamentos, suponen eventualmente el requerimientos de testigos, y pueden tener naturaleza Abierta o Cerrada.

Eventualmente, en países como el Perú, esta fórmula es poco utilizada, a pesar de que el testamento, como documento define e incluye a los herederos forzosos y los legatarios (herederos no vinculados familiarmente) y evita una enorme cantidad de problemas, tras la muerte de los titulares de los bienes.

Los ciudadanos peruanos pueden obtener un testamento legalmente otorgado en el Perú (ante un Notario), o en las Oficina Consulares en el extranjero (ante el Cónsul).

Estudio Defensa & Ley, brinda la asesoría legal especializada en la sucesión testamentaria, definición de testamentos y legados, aportando para ello el conocimiento de la ley de materia de Derecho de Sucesiones.

Entre los beneficios que supone optar por una sucesión testamentaria se encuentran: la menor complejidad, rapidez, costos, tanto como del lado del titular del testamento, la lucidez de poder ejercer claramente su voluntad en el reparto de bienes, zanjando inconvenientes que no aparecerán en el futuro.

Según nuestra normativa, cuando no existe un testamento, se debe recurrir a la sucesión intestada, la cual ofrece un panorama de mayor complejidad, costos y tiempos en su procesamiento.

Estudio Defensa & Ley brinda a las familias y/o titulares de herencias, la asesoría especializada en sucesiones y los trámites incorporados, con el objetivo de anticipar inconvenientes entre los herederos o de resolverlos, si es el caso.