Asesoría Legal para Asociaciones
Estudio Defensa & Ley brinda asesoría legal para Asociaciones, en el marco de la ley peruana, con el objetivo de poder dotarlas de formalidad y representación, de modo que puedan cumplir sus objetivos.
Asesoramos a su Asociación para que logre constituirse e inscribirse de manera rápida en el Registro Público; También logramos renovar el Consejo directivo conforme a lo regulado en el Estatuto. Brindamos asesoría en casos de Prescripción adquisitiva, asesoría ante procedimientos de la Superintendencia de Bienes Nacionales, Aprobación de planos ante Municipalidades y Entidades del Estado.
Constitución de Asociaciones
La asociación es una persona jurídica sin fines de lucro que se constituye mediante en una asamblea de socios.
Mediante el Acta de constitución, la que debe ir adherida en el libro de actas, debidamente legalizado notarialmente, la integran los socios, y se rige por su estatuto, la representa el consejo directivo el cuál debe estar inscrito en el Registro Público para ejercer sus facultades.
La Asociación se compromete a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular.
En nuestro país existen una gran cantidad de asociaciones inscritas en el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP.
Sin embargo surgen dificultades para solicitar la inscripción del nombramiento del consejos directivo, lo que provoca que no cuenten con representación vigente, impidiendo el cumplimiento de los fines para las que fueron constituidas.
Nosotros, como especialistas lo asesoramos en cada una de las etapas para constituir su Asociación de manera satisfactoria.
Renovación de Consejo Directivo
Es muy frecuente que las Asociaciones se compliquen al realizar la renovación de su Consejo directivo.
Este problema se genera principalmente por el incumplimiento del estatuto que presentaron al momento de constituir la asociación, el cual contiene las normas que regulan la vida de la misma y cuyo cumplimiento es obligatorio para los asociados.
En el estatuto se define la forma y plazo de convocatoria, la persona facultada para convocar, la forma de adoptar los acuerdos, la manera de elección de consejo directivo, el período del consejo directivo y su conformación. Una vez revisado el estatuto, se procederá a convocar y llevar a cabo el proceso de elección del consejo directivo conforme a las normas previamente inscritas.
El incumplimiento de lo normado en el estatuto hace que la solicitud de nombramiento de consejos directivos presentada a la Sunarp contenga errores insubsanables, cuya consecuencia es la emisión de una esquela de tacha; o errores subsanables, los cuales generan esquelas de observación que generalmente no se subsanan a tiempo, provocando la tacha por caducidad del asiento de presentación.
Por ello, nosotros te asesoramos para que no surjan complicaciones, deja en manos de especialistas la renovación del Consejo directivo de su ASOCIACIÓN.
¿Qué documentos debemos presentar a la Sunarp para inscribir el consejo directivo de nuestra asociación?
– Copia certificada por notario o juez de paz (cuando no existe notario) del acta de asamblea general donde conste la elección del consejo directivo, y de ser el caso copia certificada por notario o juez de paz (cuando no existe notario) del acta de asamblea general donde conste la elección del comité electoral.
– Constancias de quórum y convocatorias suscritas por quienes estén habilitados para suscribirlas.
Asesoramos a tu Asociación, en casos de Prescripción adquisitiva, asesoría ante procedimientos de la Superintendencia de Bienes Nacionales, Aprobación de planos ante Municipalidades y Entidades del Estado.